Hasta antes del año 2005 no existía en Chile regulación alguna respecto del poker; a partir de ese año la ley se ocupó de ello, entiendo al poker como un juego de azar y en consecuencia, incorporándolo a la normativa general sobre juegos que se desarrollan en casinos. En efecto, fue a partir del 01 de enero del año 2005, fecha en que se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley Nº 19.995 que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de los casinos de juego, que el poker tiene cabida dentro del marco regulatorio de los juegos de azar, bajo la dirección de la Superintendencia de Casinos de Juego, con la evidente distorción que esto trae, respecto de los fundamentos del juego mismo. NATURALEZA DEL POKER EN CHILE
La aproximación que el legislador Chileno hizo respecto del poker, fue, como la mayoría de los legisladores, equívoca, al incorporar dentro de la expresión "poker" a todas sus variantes, como son los denominados "poker de casinos", como el Caribbean Poker o el Go Poker por ejemplo, junto al Texas Hold'em o el Omaha. Respecto al Texas Hold'em, en razón de su gran popularidad en los últimos años, se han adaptado sus reglas y se han creado Texas Hold'em para casinos, variantes que en ningún caso tienen que ver con su forma orginal. El 10 de julio del año 2006 se publicó en el Diario Oficial la Resolución Nº 157 de la Superintendencia de Casinos que aprueba el catalógo de juegos que podrán desarrollarse en los casinos, incorporando dentro de la categoría de juegos de cartas, con el Nº 3 al poker, señalando lo siguiente: "3) Poker: en sus modalidades draw poker, Caribbean poker, Stud poker, Go poker, Texas Hold'em poker, poker tres cartas, Seven stud poker y Omaha poker." Por otro lado, la Ley Nº 19.995, en su artículo 3 letra a) define juego de azar como "aquellos juegos cuyos resultados no dependen exclusivamente de la habilidad o destreza de los jugadores, sino escencialmente del acaso o de la suerte, y que se encuentren señalados en el reglamento respectivo y registrados en el catálogo de juegos." De este modo, quedando prácticamente todas las variantes de poker incorporadas en el ya referido catálogo, el poker en Chile tiene el carácter de juego de azar. Nótese sin embargo, que la ley exige además que en los juegos de azar, la suerte tenga el carácter de escencial, por lo que se podría argumentar que respecto del Texas Hold'em, Omaha y Stud poker tradicional, la suerte no tiene el carácter de escencial; el problema estaría siempre respecto al tema de la prueba. ¿cómo probar que la suerte no tiene un carácter escencial en el poker?
EL POKER FUERA DE LOS CASINOS EN CHILE
Es de conocimiento público en nuestro país, que a diario se realizan juegos de poker, ya sean torneos o juegos en efectivo (cash games) en bares, universidades, pubs, locales comerciales y en las casas de muchos de nosotros. En el año 2005, que fue el año donde el Poker tuvo su explosión en Chile, comenzaron a realizarse múltiples torneos en lugares públicos, típicamente en universidades y en locales comerciales, como pubs; varios de ellos fueron cerrados y las personas fueron detenidas, por infringir las disposiciones de los artículos 277 y 278 del Código Penal, que sancionan a los dueños de casas de juego de azar no autorizadas legalmente y también a quienes concurren a jugar a ellas; la pena para los dueños de la casa de juego de azar va de los 61 días a los 5 años de privación de libertad (queda a criterio del juez la pena en concreto) y multa de 11 a 20 unidades tributarias mensuales; respecto de quienes concurren a dichos lugares, la pena va de 61 a 540 días o multa de 11 a 20 unidades tributarias mensuales. Nótese que en este último caso se trata de penas alternativas (el juez elige si se aplica la privasión de libertad o la multa); respecto del dueño de la casa de juegos se trata de penas copulativas, se aplica tanto la privasión de libertad como la multa.
Las personas alegaban que los torneos de poker que se realizaban no constituían juegos de azar, sin embargo como ya se expuso, al estar considerado el poker en general como juego de azar en Chile, igualmente se daba inicio al proceso criminal. Afortunadamente hoy en día, con la reforma introducida a la Justicia Penal, el Ministerio Público, organismo encargado de la investigación de los delitos, a través de sus fiscales, cuentan con herramientas legales que les permite poner término a la causa penal antes de llegar a una sentencia condenatoria, cuando, por ejemplo, los hechos no son constitutivos de delito, como podría ocurrir en los casos antes mencionados.
Con motivo de tales sucesos, y con objeto de afianzar la postura tradicional de sostener que el poker es un juego de azar, la Superintendencia de Casinos de Juego dictó el 14 de junio de 2005 la Circular Informativa Nº 7 respecto de la realización torneos de poker, exponiendo que tales eventos constituían la explotación de juegos de azar, respecto de los cuales sólo le correspondía a los casinos autorizados por ley, tratándose en consecuencia de una actividad prohibida por la ley, en razón de lo cual se ejercerían las acciones legales correspondientes. Es así entonces, como el desarrollo del poker en Chile, es actualmente una actividad privativa de los casinos de juegos.
POKER E IMPUESTOS
El 26 de marzo 1982, se publicó en Chile la Ley Nº 18.110 la cual gravó los juegos de azar provenientes de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción con un impuesto a beneficio fiscal, cuya tasa es del 15%, la cual toma como base imponible el monto líquido del premio obtenido por el ganador; así, si usted gana $100 millones en el Kino, $15 millones irán a beneficio fiscal. Los únicos juegos de azar que quedaron exentos de tal impuesto, fueron aquellos constituídos por el Decreto Ley Nº 1.289 de fecha 26 de diciembre de 1975, que creó el Sistema de Pronósticos Deportivos, conocido popularmente como la "Polla Gol".
Con la publicación de la Ley Nº 19.995, se estableció un nuevo impuesto específico a los juegos de azar; sin embargo a diferencia del impuesto establecido en la Ley Nº 18.110, este nuevo tributo se aplica de dos formas: (i) En primer lugar, mediante el pago de un 0,07 de unidad tributaria mensual, que se cobra como derecho de ingreso a las salas de juego (la entrada que se paga cuando uno ingresa al casino), y (ii) En segundo lugar, mediante un impuesto equivalente al 20% de los ingresos brutos obtenidos por las sociedades operadoras de los casinos de juego. En consecuencia, los premios o ganancias que obtienen los jugadores en los casinos, provenientes de cualquier clase juego (incluyendo el poker por supuesto) no son gravados con ninguna clase impuesto. Esto también se aplica a los premios obtenidos en los circuitos de torneos de poker organizados por los diveros casinos del país.
REGULACIÓN LEGAL DEL POKER ONLINE
A este respecto no existe absolutamente ninguna ley ni reglamento en Chile sobre la materia. En atención a ello, no existiendo prohibición legal, jugar poker online en Chile es absolutamente legal. Sin embargo, uno de lo inconvenientes que puede haber es respecto al tema tributario; me explico, si uno obtiene ganancias sustanciales en el poker online y desea invertirlas en la adquisición de algún automóvil o si las sumas son considerables, en la adquisición de algún bien raíz, deberás justificar los fondos para tales compras, y en todo caso, al hacer tu declaración anual de impuesto a la renta. Uno podría argumentar que las ganancias provenientes del poker no son propiamente "un trabajo", sin embargo para nuestra ley tributaria el concepto de renta es bastante amplio; el artículo 2 Nº 1 del Decreto Ley Nº 824 que contiene la Ley de la Renta, señala que se entiende por renta "los ingresos que constituyan utilidades o beneficios que rinda una cosa o actividad y todos los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio que se perciban o devenguen, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación." De este modo, siendo el poker online una actividad lucrativa, se deben pagar impuestos por los ingresos que uno obtiene. Una segunda objeción al pago de impuestos, podría ser el hecho de que las ganancias del poker online provienen del extranjero, de modo que resultaría inaplicable la ley chilena al respecto; lamentablemente nuestra ley tributaria grava las rentas de cualquier origen, ya sea que la fuente de entrada esté situada dentro del país o fuera de él (art. 3 inciso 1º Decreto Ley Nº 824).
A este respecto, insisto en la importancia de declarar anualmente al Servicio de Impuestos Internos las ganancias subtanciales que se obtengan a través del poker online; la ley tributaria concede al Servicio de Impuestos Internos un plazo de hasta seis años para perseguir la liquidación y el giro de impuestos que no se declararon o habiendose hecho, se hicieron mediante una declaración "maliciosammente falsa", más los correspondientes reajustes, intereses y multas, todo lo cual puede significar cifras cuantiosas.
Saludos, Javier.